- Identifica el régimen de tu comunidad autónoma45 min
Esta nota decide si puedes anunciar el mismo día o tienes que esperar una resolución: tu comunidad autónoma (CCAA) es la primera de las tres puertas y no existe una regla única. Cada CCAA tiene su propia ley de turismo, su propio régimen y su propio registro de viviendas turísticas.
Qué hacer:
- Busca la ley de turismo de tu CCAA en su boletín oficial o en la web de la consejería de turismo con la consulta «ley de turismo [tu comunidad]» + «viviendas de uso turístico».
- Identifica el régimen aplicable: declaración responsable (puedes iniciar la actividad al presentarla) o licencia o autorización previa (debes esperar la resolución).
- Anota la autoridad competente, normalmente la consejería de turismo, y su sede electrónica.
- Comprueba si tu municipio está declarado zona saturada o sujeto a moratoria (Canarias, Baleares y varios ayuntamientos las aplican).
- Escribe la nota final con régimen, autoridad, portal consultado y fecha.
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