Solicitar el grado de dependencia y conseguir las ayudas
Solicitud presentada en la comunidad autónoma, valoración domiciliaria preparada con un registro de las dificultades reales, grado reconocido, PIA acordado con los servicios que de verdad necesitáis y prestación económica o servicio en funcionamiento.

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Recursos en plazo
Guía 4 de 5
Para quién es
Para hijos o hijas que cuidan de un padre o una madre mayor, o de cualquier familiar adulto que pierde autonomía, y quieren saber cuáles son los plazos reales y cómo se decide el grado. También sirve a otros familiares, parejas o representantes que tramitan la solicitud por primera vez y desconocen el funcionamiento de los servicios sociales. Cada comunidad autónoma tiene sus propios formularios y oficinas, pero el recorrido es el mismo en toda España.
Sobre esta guía
Esta guía recorre, paso a paso, el trámite para que una persona mayor o con pérdida de autonomía consiga el reconocimiento oficial de la dependencia y las ayudas que le corresponden en su comunidad autónoma. Empezarás comprobando los requisitos y reuniendo la documentación, incluido un registro de las dificultades reales del día a día que será la prueba central de la valoración. Después presentarás la solicitud, prepararás la visita del técnico que aplica el baremo y comprobarás la resolución con el grado —I, II o III— y su fecha de efectos. La parte donde se gana o se pierde el valor práctico es el Programa Individual de Atención (PIA): aquí aprenderás a elegir entre servicios y prestaciones económicas y a negociar la propuesta con los servicios sociales. La guía termina con la puesta en marcha: el alta del cuidador en la Seguridad Social, la comprobación del primer pago y las obligaciones de revisión. No cubre el reconocimiento de la discapacidad (un trámite distinto), las ayudas de otras administraciones ni la vía judicial para recurrir una resolución desfavorable.
Lo que harás, paso a pasoVista previa gratis
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Fase 1: Prepara el expediente antes de solicitar
4 pasosFase 2: Presenta la solicitud
4 pasosFase 3: Supera la valoración domiciliaria
5 pasosFase 4: Acuerda el Programa Individual de Atención
4 pasosFase 5: Pon en marcha la ayuda
3 pasos
Detalles
Qué necesitas antes
El solicitante debe residir legalmente en España y haber residido al menos cinco años en territorio español, dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud, salvo las excepciones legales (refugiados, menores de tres años y víctimas de violencia). Se necesita el DNI o NIE del solicitante y de la persona que lo represente, y el certificado de empadronamiento. No hace falta tener reconocida la discapacidad: la dependencia se valora con su propio baremo. Conviene contar con acceso a internet y, si es posible, certificado digital o Cl@ve para la presentación electrónica.








