NIE, TIE y empadronamiento: los primeros trámites en España
NIE obtenido con la tasa correcta, empadronamiento hecho en el ayuntamiento, TIE solicitada dentro del plazo de un mes, alta en la Seguridad Social y tarjeta sanitaria activadas y cuenta bancaria abierta.

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Para quién es
Extranjeros extracomunitarios recién llegados que van a instalarse más de seis meses y españoles que vuelven, atrapados en el círculo donde cada trámite parece exigir otro. También sirve a ciudadanos de la UE que necesitan el certificado de registro, el empadronamiento y el alta sanitaria.
Sobre esta guía
Esta guía ordena los cinco trámites con los que se topa todo el que llega a España para instalarse: el empadronamiento, el NIE, la TIE, la Seguridad Social con su tarjeta sanitaria y la cuenta bancaria. El orden es la clave del procedimiento: cada oficina pide un papel que se consigue en la oficina anterior, y aquí se rompe ese círculo paso a paso, con los formularios exactos (EX-15 y EX-17), las tasas correctas (modelos 790-002 y 790-012) y los plazos que no se pueden perder, como el mes para pedir la TIE. Se incluye también cómo conseguir la cita previa, las copias compulsadas y el certificado de empadronamiento que piden las oficinas de extranjería. No cubre la obtención de visados, la residencia por trabajo, estudios o arraigo, la nacionalidad ni el asilo, y para ciudadanos de la UE solo llega hasta el certificado de registro.
Lo que harás, paso a pasoVista previa gratis
Solo hay una muestra abierta: 4 de 24 pasos se pueden leer completos. El resto se desbloquea al comprar.
Fase 1: Prepara la documentación, las tasas y las citas
4 pasosFase 2: Empadrónate en tu ayuntamiento
4 pasosFase 3: Obtén el NIE
3 pasosFase 4: Solicita la TIE dentro de plazo
5 pasosFase 5: Activa la Seguridad Social y la tarjeta sanitaria
4 pasosFase 6: Abre tu cuenta bancaria
4 pasos
Detalles
Qué necesitas antes
Pasaporte en vigor con el sello de entrada o el visado correspondiente, un domicilio real en España donde empadronarse, acceso a internet para las citas previas y, si no se habla español, una persona que acompañe a las citas. Los documentos de origen (nacimiento, matrimonio) deben estar apostillados y traducidos al español por traductor jurado.





